Home / Publications / El caso de jurisdicción universal en Argentina que investiga crímenes contra las personas Rohingya en Myanmar
09.25.2023

El caso de jurisdicción universal en Argentina que investiga crímenes contra las personas Rohingya en Myanmar

Outside of the Supreme Court of Argentina
Palacio de Justicia de la Nación

El 26 de noviembre de 2021, la Sala Segunda de la Cámara Federal en lo Criminal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires inició un caso de jurisdicción universal (JU) contra las autoridades de Myanmar por el genocidio Rohingya, siguiendo una denuncia presentada por la organización Burmese Rohingya Organization UK (BROUK, por sus siglas en Inglés) en noviembre de 2019. La denuncia de BROUK alegaba genocidio y crímenes de lesa humanidad cometidos en Myanmar por la cúpula militar y civil contra los Rohingyas desde 2012, crímenes que inclyen asesinato, desaparición forzada, tortura, violencia sexual y encarcelamiento.

En 2017, el ejército de Myanmar lanzó una campaña genocida que obligó a más de 800,000 Rohingyas a huir, en su mayoría hacia la frontera con Bangladesh. Estas llamadas “operaciones de limpieza” se llevaron a cabo a través de asesinatos generalizados y sistemáticos, violación y violencia sexual, y otros abusos.

Las personas Rohingya que continúan viviendo en el estado de Rakhine enfrentan restricciones rigurosas a su libertad de movimiento, así como dificultades para acceder a servicios básicos como la educación y la atención médica. Esta situación se ha agravado aún más después del Ciclón Mocha en mayo de 2023. Además, en febrero de 2021, el ejército desafió los resultados de las elecciones democráticas, llevó a cabo un golpe de estado y se apoderó del poder en Myanmar en una campaña marcada por más atrocidades, incluidas aquellas contra los Rohingyas.

Además del caso de jurisdicción universal (JU) presentado por BROUK en Argentina, actualmente existen múltiples esfuerzos internacionales en curso dirigidos a buscar justicia y rendición de cuentas en Myanmar por los crímenes contra los Rohingya. Esto incluye un caso de genocidio ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) presentado por Gambia (puede encontrar un documento de preguntas y respuestas sobre el caso aquí), así como una investigación realizada por la Corte Penal Internacional (CPI) (puede encontrar un documento de preguntas y respuestas sobre la investigación de la CPI aquí).

1.  ¿Cuál es el principio de la justicia universal? ¿Cómo funciona en Argentina?

La justicia universal es un concepto basado en el principio de que algunos crímenes son de preocupación global y son tan horribles que conciernen a la humanidad en su conjunto. Se consideran perjuicios contra la comunidad internacional; en consecuencia, todos los Estados tienen un interés en hacer responsables a los perpetradores. Todos los estados tienen permitido ejercer la jurisdicción universal sobre crímenes reconocidos por el derecho internacional.

La jursdicción universal garantiza que, independientemente de dónde se hayan cometido el o los crímenes o la nacionalidad de las víctimas o sospechosos, las personas involucradas puedan ser investigadas y enjuiciadas por los crímenes atroces que han cometido, incluidos crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad, tortura, genocidio y desapariciones forzadas. La responsabilidad principal de investigar estos crímenes recae en el estado en cuyo territorio se cometieron los crímenes. Si esos estados no pueden o no quieren enjuiciar los crímenes, la jurisdicción universal existe como una herramienta adicional en el sistema de justicia penal internacional que permite a otros estados investigar y enjuiciar tales crímenes.

La manera en que los estados aplican la jurisdicción universal puede variar. Estas maneras se han clasificado ampliamente en jurisdicción universal “pura” o jurisdicción “condicional”. Los estados que aplican jurisdicción universal condicional requieren que se establezca algún tipo de “vínculo de conexión” antes de que un tribunal nacional pueda iniciar una investigación. Por ejemplo, Alemania sigue lo que se puede clasificar como jurisdicción universal “pura”; es decir, no es necesario demostrar un vínculo entre Alemania y los graves crímenes internacionales cometidos en el extranjero antes de iniciar una investigación o enjuiciamiento. Sin embargo, los fiscales tienen la discreción de decidir si abrir o no un caso en el que no haya conexión con Alemania. Otros países requieren que se establezca algún tipo de conexión con ese país (nacionalidad de la víctima o el perpetrador, o intereses del país) antes de que se pueda iniciar una investigación. En el caso de los tribunales franceses, para ejercer la jurisdicción universal en ciertos crímenes, debe demostrarse que el acusado estaba presente en Francia; o para otros crímenes, los tribunales sólo tendrán jurisdicción si el acusado residía regularmente en Francia cuando se abrió la investigación. España también requiere actualmente algunos “vínculos de conexión”- el sospechoso debe estar presente en España y la víctima debe ser española, o debe existir algún otro vínculo relevante con España-.

La ley Argentina consagra el principio de jurisdicción universal “pura”, incluido en el Artículo 118 de la  Constitución, que permite juicios por crímenes de derecho internacional público cometidos fuera de Argentina. Además, el Artículo 5 de la Ley 26, 200/06 otorga expresamente a los tribunales federales jurisdicción penal sobre los crímenes mencionados en el Estatuto de Roma de la CPI, entre otros. El caso de BROUK no es el primer caso en Argentina bajo el principio de jurisdicción universal.

Durante finales de los años 70 y principios de los 80, la población Argentina sufrió graves abusos contra los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad a manos de las fuerzas militares y de seguridad. Este período de dictadura, conocido como la ‘Guerra Sucia’, estuvo marcado por casos de tortura, asesinato y desapariciones forzadas, entre otros crímenes. Tras condenar a la junta militar en un juicio histórico, y a muchos otros responsables de cometer crímenes atroces durante este período en su propio país, Argentina sigue comprometida y ha sido reconocida internacionalmente por liderar esfuerzos de justicia y rendición de cuentas por crímenes contra la humanidad cometidos en otros lugares del mundo. En años recientes, se han llevado casos en Argentina contra individuos por crímenes cometidos en España durante el régimen de Francisco Franco y por persecución contra el movimiento Falun Gong en China. Recientemente, se presentó un caso ante un tribunal argentino relacionado con el genocidio y crímenes contra la humanidad cometidos contra los Uigures en China.

2.  ¿Cómo puede un tribunal nacional en Argentina enjuiciar crímenes en Myanmar? ¿Cuál es el estado actual del caso?

En noviembre de 2019, BROUK, con el apoyo de otras organizaciones de derechos humanos, incluidas las Abuelas de Plaza de Mayo y la Fundación Servicio Paz y Justicia, liderado por el destacado Premio Nobel de la Paz Adolfo Perez Esquivel, presentaron un caso bajo la jurisdicción universal ante un tribunal penal Argentino en relación con el genocidio y los crímenes de lesa humanidad cometidos contra los Rohingya. En diciembre de 2019, el tribunal rechazó el caso argumentando que los tribunales argentinos no eran el foro apropiado para una investigación de este tipo, considerando que la Oficina del Fiscal (OTP) de la CPI ya estaba investigando los crímenes cometidos contra los Rohingya. BROUK presentó una apelación contra esta decisión, y en agosto de 2021, la Cámara Federal en lo Criminal escuchó el testimonio de mujeres Rohingya que comparecieron de forma remota ante el tribunal para hablar sobre sus experiencias de violencia sexual y de género durante las “operaciones de limpieza” de 2017. En noviembre de 2021, el tribunal decidió iniciar una investigación penal contra los funcionarios militares y civiles de Myanmar.

La investigación continúa progresando. En junio de 2023, las personas demandantes principales de BROUK, con el apoyo de Legal Action Worldwide (LAW) organizaron y facilitaron el testimonio directo de sobrevivientes que habían experimentado atrocidades, incluida la violencia sexual. Este testimonio fue histórico y estableció un precedente, ya que permitió a las víctimas del genocidio de 2017 participar directamente en un proceso judicial, además de construir la base de pruebas para los tribunales Argentinos. El tribunal también está considerando el impacto de las redes sociales en la difusión de discursos de odio contra los Rohingya que condujeron a las “operaciones de limpieza”, y ha enviado una solicitud a Facebook para que compartan sus archivos e información.

3.  ¿Qué crímenes específicos se están investigando? ¿Contra quiénes?

El caso se refiere a los crímenes perpetrados contra los Rohingya por las autoridades de Myanmar en el estado de Rakhine. Específicamente, el caso solicita que los tribunales Argentinos investiguen y procesen a los altos mandos militares y civiles, así como a los perpetradores directos en Myanmar, por cometer genocidio y crímenes contra la humanidad contra las personas Rohingya en Myanmar. El General Min Aung Hlaing, Comandante en Jefe de las fuerzas armadas (o Tatmadaw), así como los ex presidentes U Htin Kyaw y U Thein Sein se encuentran entre quienes han sido mencionados en la denuncia.

4.  ¿Qué ley está aplicando el tribunal?

Si bien el Tribunal deriva su autoridad para abordar el caso (jurisdicción universal) de la Constitución de Argentina (Artículo 118), aplicará el código penal de Argentina al decidir sobre la responsabilidad por los delitos cometidos (homicidio, violación, detención arbitraria, entre otros) y las respectivas penas, si las hubiera. El Tribunal también podría declarar que se cometieron genocidio y crímenes de lesa humanidad, aplicando las definiciones de estos delitos según el Estatuto de Roma, del cual Argentina es parte.

5.  ¿Qué sigue ahora?

El caso se encuentra actualmente en la etapa de investigación y el Tribunal está llevando a cabo audiencias y recopilando pruebas, que incluyeron (como se explicó anteriormente) testimonios directos recientes de testigos sobre el genocidio y los crímenes de lesa humanidad cometidos contra los rohingyas en el estado de Rakhine.

En esta etapa, a medida que el Tribunal continúa realizando audiencias y recopilando pruebas, podría haber también una oportunidad para que el Tribunal analice las pruebas recopiladas hasta ahora y para que los demandantes soliciten que se emita una decisión judicial sustantiva sobre los perpetradores de genocidio y crímenes de lesa humanidad contra las personas Rohingya, así como una solicitud de que se emitan órdenes de detención en su contra. El Tribunal también podría decidir viajar al extranjero para recopilar pruebas sustantivas adicionales.

El Mecanismo Independiente de Investigación para Myanmar (IIMM), establecido por las Naciones Unidas (ONU) para recopilar y preservar pruebas sobre violaciones de derechos humanos en Myanmar, también está respaldando al tribunal Aargentino, incluyendo el intercambio de pruebas relevantes. El IIMM no es en sí mismo un órgano de rendición de cuentas, lo que significa que no tiene un tribunal ni un fiscal adjunto. En cambio, los expedientes de casos del IIMM están destinados a contribuir a procesamientos de individuos en procedimientos penales nacionales, regionales o internacionales. El IIMM ha compartido información y pruebas relevantes con la CPI, la CIJ y las autoridades Argentinas en los casos en curso relacionados con Myanmar, siempre y cuando las fuentes de la información hayan dado su aprobación para tal intercambio. En abril de 2022, el jefe del IIMM y miembros de su equipo visitaron Argentina para explorar oportunidades de asistencia en la investigación judicial, especialmente a través del intercambio de información relevante. El IIMM ha compartido información con el Ministerio Público Fiscal de Argentina y mantiene un diálogo constante con el mismo para determinar la manera más efectiva en que puede seguir respaldando el caso de jurisdicción universal.

6.  ¿Tienen los sobrevivientes de Myanmar algún papel en estos procedimientos?

BROUK y Tun Khin (Presidente de BROUK), junto con otros representantes de la comunidad Rohingya, actúan como demandantes en el caso. En esa capacidad, tienen el derecho de solicitar al Tribunal que produzca más pruebas, así como de solicitarle que emita decisiones judiciales sustantivas, incluidas reparaciones. BROUK, como organización liderada por Rohingyas, y su equipo legal están llevando a cabo esfuerzos para asegurarse de que las víctimas sean puestas al centro del caso. Estos esfuerzos incluyen garantizar que las personas sobrevivientes puedan interactuar directamente con este Tribunal Argentino y sus procesos, con el objetivo de empoderar y darles voz, especialmente a las mujeres. Esto se refleja en el testimonio directo que testigos

proporcionaron a la corte en junio de 2023 sobre violencia sexual y violencia basada en el género. La Corte brindó garantías de seguridad a los testigos, así como apoyo psicológico durante las audiencias (a través de CODESEDH, una ONG especializada), además de abordar con éxito desafíos logísticos que incluyeron la doble traducción del Rohingya al Inglés y luego del Inglés al Español.

7.  ¿Existen otros esfuerzos internacionales para buscar justicia y rendición de cuen- tas por la situación en Myanmar?

Existen dos vías principales para la justicia y la rendición de cuentas por los crímenes cometidos contra los Rohingya: (1) la responsabilidad de Myanmar como estado; y (2) la responsabilidad penal individual de aquellos que planearon, participaron o autorizaron los crímenes. Estos esfuerzos son complementarios entre sí.

En lo que respecta a la responsabilidad de Myanmar como estado, la demanda de Gambia bajo la Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio sigue en la CIJ. El 22 de julio de 2022, la Corte confirmó la capacidad de Gambia para presentar un caso contra Myanmar por incumplir las disposiciones de la Convención sobre el genocidio. Actualmente, se están completando los escritos de alegatos en el caso antes de que la Corte lo escuche sobre su mérito.

Las posibles vías para responsabilizar a las personas incluyen los tribunales nacionales en terceros estados bajo la teoría de la jurisdicción universal, y la CPI. Debido a barreras estructurales y prácticas, los tribunales nacionales de Myanmar no son en este momento una opción para los esfuerzos de rendición de cuentas.

La Fiscalía de la CPI está actualmente investigando la situación en Bangladesh/Myanmar. El 14 de noviembre de 2019, la CPI autorizó a la Fiscalía a investigar ciertos presuntos crímenes internacionales ocurridos durante una ola de violencia en el estado de Rakhine en 2016 y 2017. Si bien los actos relevantes para las deportaciones ocurrieron en el territorio de Myanmar, que no es parte del Estatuto de Roma, la Fiscalía argumentó que la CPI “puede ejercer jurisdicción” ya que “un elemento legal esencial del crimen – cruzar una frontera internacional – ocurrió en el territorio de un Estado que es parte del Estatuto de Roma (Bangladesh)”. Al conceder la  autorización, la Corte señaló que el Fiscal no está limitado “a las personas o grupos identificados en la Solicitud” ni “a los incidentes identificados en la Solicitud”. También autorizó al Fiscal a investigar crímenes cometidos “después del 1 de junio de 2010, fecha de entrada en vigor del Estatuto para Bangladesh”, así como crímenes que pudieron haber sido cometidos antes pero continuaron después de esta fecha. La investigación está en curso.

También hay otros dos procesos de jurisdicción universal actualmente en curso relacionados con la situación en Myanmar. El primero es un caso presentado en marzo de 2022 por el Myanmar Accountability Project (Proyecto de Responsabilidad de Myanmar) ante la oficina del fiscal en Turquía para responsabilizar a la cúpula militar por su amplio uso de la tortura. El caso ha sido presentado en nombre de las víctimas que fueron torturadas en el centro de interrogación militar Yay Kyi Ai en el municipio de Mingaladon en Yangon.

En enero de 2023, se presentó otra denuncia por Fortify Rights y 16 denunciantes de Myanmar ante el Fiscal General Federal de Alemania. La denuncia solicita al Fiscal que inicie un caso en Alemania contra altos generales militares de Myanmar y otros por crímenes atroces, incluidos genocidio, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad. La denuncia proporciona pruebas detalladas, incluidas entrevistas a más de 1,000 sobrevivientes, y pide al Fiscal que realice una investigación sobre el genocidio Rohingya entre 2016 y 2017, así como sobre los crímenes contra otros civiles desde el golpe de febrero de 2021.

Finalmente, en abril de 2023, la Corte Constitucional de Indonesia rechazó un caso para responsabilizar al ejército de Myanmar por crímenes contra las personas Rohingya. Los solicitantes habían argumentado que la limitación en la ley de jurisdicción universal de Indonesia que limitaba los casos a los perpetrados “por un ciudadano indonesio” debería declararse inconstitucional; sin embargo, el Tribunal Constitucional rechazó

este argumento y sostuvo que al implementar los derechos humanos, cada tribunal debe priorizar los intereses nacionales según lo determine la Constitución de cada país. Por lo tanto, aunque la Constitución de Indonesia se refiere a “cada persona” al formular sus disposiciones de derechos humanos, el Tribunal sostuvo que esto no crea automáticamente una obligación en Indonesia de proteger los derechos humanos de personas que no son ciudadanos indonesios.

8.  ¿El caso en Argentina no duplica lo que están haciendo estos otros tribunales?

Dado que evitar la duplicación de esfuerzos fue una de las principales preocupaciones de los tribunales argentinos antes de proceder con el caso de jurisdicción universal, el poder judicial argentino ha mantenido una comunicación diplomática con la CPI para asegurarse de que su caso de jurisdicción universal complemente, no duplique, la investigación de la CPI en Myanmar.

El caso en Argentina tiene un alcance mucho más amplio, ya que abarcará una variedad de crímenes cometidos contra la población Rohingya en Myanmar. Esto contrasta con los esfuerzos emprendidos en la CPI, que se limitan a crímenes que han sido cometidos al menos parcialmente en territorio Bangladesí. Sin una remisión del Consejo de Seguridad, la CPI no puede investigar muchos de los crímenes cometidos por el ejército de Myanmar en el estado de Rakhine, que incluyen asesinato, desapariciones forzadas y violencia sexual, así como genocidio.

El caso ante los tribunales argentinos tampoco se superpone con el caso presentado por Gambia ante la CIJ. El caso ante la CIJ trata sobre la responsabilidad estatal, mientras que el tribunal argentino investigará la responsabilidad penal individual de altos mandos militares y civiles, así como de perpetradores directos.

Finalmente, por el momento la investigación en Argentina difiere de otros casos recientes de jurisdicción universal en términos de la identidad de las víctimas, así como de la cronología, ubicación y alcance de los crímenes. Además, al ser el primer caso de jurisdicción universal en Myanmar, el caso en Argentina se encuentra en una etapa más avanzada, la de investigación, en comparación con los otros casos. La comunicación regular entre las partes involucradas en estos casos puede contribuir a asegurar que estos y cualquier caso futuro sean complementarios

Descargar las preguntas y respuestas completas